* Reuniones ayudan a las juntas a desahogar con mayor eficacia los juicios laborales y a proporcionar seguridad jurídica a la sociedad.
Ciudad Victoria, Tamaulipas.- Presidentes de las Juntas Especiales que componen la Junta Local de Conciliación y Arbitraje en el Estado, iniciaron una serie de reuniones de trabajo, para fortalecer los criterios y mecanismos utilizados en sus procedimientos, a fin de dar pronta solución a los mismos y buscar ante todo la conciliación como la mejor forma de culminar los procesos.
Las acciones, a desarrollarse en cada una de las Juntas Especiales de la Local de Conciliación y Arbitraje ubicadas en los diversos municipios, están encaminadas a detectar oportunidades para mejorar las labores desempeñadas y cumplimentar las nuevas disposiciones que son aplicables de la nueva Reforma Laboral.
Miguel Ángel Villarreal Ongay, Secretario del Trabajo, dijo que el Gobernador Francisco García Cabeza de Vaca, desea proporcionar seguridad y certeza a los tamaulipecos, patrón o trabajador, cuando acuden a alguna de las juntas buscando justicia mediante los diversos procedimientos que la Ley Federal del Trabajo prevé.
“Debemos de entender que en ocasiones se incrementa el número de demandas y esto representa poner en práctica toda la capacidad con que se cuenta para poder cumplir con los objetivos, en las Juntas de Conciliación y Arbitraje, tanto locales como especiales, queremos que usuarios tengan la certeza de que los criterios utilizados sean los mismos”, dijo.
Explicó que actualmente se tienen 14 mil 766 juicios en trámite, la mayoría correspondiente a periodos anteriores al 2012, y 5 mil 588 por concluir, por lo que se requieren elementos eficaces para concluir los mismos.
El funcionario señaló que dichas reuniones ayudan a las juntas a desahogar la existencia física de juicios laborales y a proporcionar seguridad jurídica a la sociedad, cuando acude a solicitar los servicios.
Villarreal Ongay, preciso que tienen la tarea de cumplir lo que establece la Ley Federal del Trabajo y el artículo 123 constitucional, en cuanto a los conflictos planteados y que son de naturaleza social, para primeramente conciliar el conflicto y si eso no se puede obtener, concluir los mismos mediante laudo, sea para favorecer al trabajador o patrón, según sea el caso.