Avalan diputados reformas a la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo respecto al uso de la tribuna, el sistema electrónico y el trabajo en comisiones.
El Pleno de la LXIV Legislatura del Estado aprobó el Dictamen que actualiza y adecúa la Ley Orgánica y el Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo en relación a las disposiciones y precisiones que otorgarán una mejor práctica legislativa.
Durante la vigésima primera sesión ordinaria, del primer año de labores, el Pleno aprobó este Dictamen que prevé que en ningún caso el Presidente justificará más de seis inasistencias en un período de sesiones ordinarias.
La asistencia de los diputados al Recinto será a través del Sistema Electrónico. Si no es posible su operación, se procederá a la aplicación del registro a través del pase de lista.
Las comisiones se reunirán a convocatoria de su presidente en el lugar y hora que al efecto fije, mediante notificación indubitable, ya sea de manera digital o por escrito, a los integrantes de la misma, con cuarenta y ocho horas de anticipación. Las reuniones de las comisiones serán públicas y se transmitirán mediante los medios electrónicos oficiales, con excepción de las que por su naturaleza o los asuntos a tratar, deban ser privadas.
Si los presidentes de las comisiones fueren sustituidos y no dejaren de desempeñar el cargo de diputados harán entrega de los expedientes a quienes los releven. En caso de falta definitiva de un presidente de comisión o de licencia para separarse del cargo, su personal de apoyo hará entrega inmediata de los expedientes a la Secretaría General, para que ésta los remita, en su oportunidad, al nuevo presidente.
El Congreso sesionará, cuando menos, una vez por semana, durante los periodos de sesiones ordinarias, y la Permanente sesionará, por lo menos, cada 15 días.
La Comisión Permanente para la Igualdad de Género cada año organizará el Parlamento de las Mujeres Veracruzanas, en la sede que determine el Pleno o, en su caso, la Permanente.
Los diputados podrán hacer uso de la tribuna, ante el Pleno o la Permanente, para presentar iniciativas de ley o decreto, así como proyectos de iniciativas ante el Congreso de la Unión, y dispondrán para tal efecto de hasta diez minutos.
Si un diputado deseare adherirse a una iniciativa, al finalizar la presentación de la misma deberá solicitar al Presidente que consulte a su autor si está de acuerdo.
En caso afirmativo, la Secretaría hará el registro correspondiente, para que así se consigne en el oficio de turno a comisiones y en el apartado de antecedentes del dictamen respectivo, mas no se contabilizará como iniciativa presentada por un diputado aquélla a la que sólo se hubiese adherido.
Los anteproyectos de punto de acuerdo presentados por uno o más diputados o por los grupos legislativos, se sujetarán a las reglas siguientes: su inclusión al proyecto de orden del día será solicitada por el coordinador del grupo legislativo correspondiente o, en su caso, por quienes no conformen grupo, a la Junta de Trabajos Legislativos; en la sesión en la que se incluyan, sus autores podrán hacer uso de la palabra para presentarlos, hasta por diez minutos en total por cada anteproyecto o pronunciamiento; se entregarán por escrito y firmados por sus autores a la Presidencia de la Mesa.
Sólo podrá ser devuelto un dictamen a comisión, si la mayoría de los integrantes de ésta así lo solicita, o por la aprobación de un voto particular o de una moción suspensiva. La votación general en contra implica el desechamiento total del dictamen y, por ende, de la iniciativa.